Avalé a mis padres en un leasing de maquinaria, me pueden embargar mi piso?
Hola, hace unos años avalé a mis padres para la compra de una maquinaria para su empresa. Esta se fue al traste y ellos no han podido hacer frente al pago de la cuota del leasing. La entidad les(nos) reclama el importe total de la deuda con lo cual es mas inviable acometer su pago. Ellos entiendo, responderían con su bienes que seguramente después de tasar no cubrirían con el importe de la deuda, pero yo mi vivienda con cargas y al dia de pago cuya titularidad es mia y de mi mujer al 50%. ¿Es posible que me la embarguen? o incluso ¿nos pueden desauciar? de ambas viviendas. Gracias
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El aval es un contrato que se realiza precisamente con el fin de garantizar o asegurar el cumplimiento de una obligación económica a través del compromiso de un tercero, que es a quien se conoce como avalista.
A través de este contrato -que es de carácter público, es decir, que se firma ante notario- quien avala se declara dispuesto a hacer frente a los compromisos que adquiere el avalado en caso de que éste no lo haga. Es decir, se compromete de forma solidaria al pago del préstamo y tiene las mismas obligaciones que el titular del mismo.
Además, y al igual que el titular de un préstamo, si éste responde del cumplimiento de sus obligaciones con los bienes presentes y futuros, el avalista también lo hará. Según se contempla en el Artículo 1911 del Código Civil, el avalista que presta su consentimiento de garantía está cubriendo las responsabilidades del deudor con todos sus bienes, no sólo presentes, sino también los que pudiera tener en un futuro. Te dejo enlaces con unos artículos publicados en CrediMarket, que te pueden interesar:
Ejecución de avales: ¿qué puede hacer el avalista?
Embargar bienes: una forma de cobrar las deudas
Como puedes ver, en caso de impago del préstamo por parte del titular, en este caso tus padres, si que puede llegar a comprometer tus bienes, entre los que se incluye la vivienda y la nómina. El embargo sobre el 50% de la vivienda a tu nombre, podría quedar anotado, pero para ejecutar el embargo y llegar al deshaucio, antes el banco que tiene la deuda del LEASING, tendría que pagar el saldo pendiente de la hipoteca al banco que tiene la garantía de esta vivienda.
Un saludo.
Javier