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Certificado de saldo cero bbva.

He terminado de pagar la hipoteca y quiero conseguir la escritura de cancelación y registrarla. Como primer paso he ido a la oficina del BBVA y he pedido el certificado de saldo cero.  Para mi sorpresa me piden 90 euros. Como iba preparado le saco su libro de tarifas donde indica que es cero euros.  Me responden que muy bien, pero que el gratuito no lleva los datos registrales, y que no va a servir para el notario.  Que son 90 euros porque lleva los datos registrales. ¿Alguien sabe si esto es verdad?  Muchas gracias por vuestra ayuda.

9 Respuestas

  • el 11 oct.. 2012
He pensado hacer una reclamacion de la siguiente manera: ¿Que os parece?

RECLAMACIÓN AL SERVICIO DE ATENCIÓN AL CLIENTE DEL BBVA
 
 
 
Sevilla, __ de ________ 2012
 
 
 
Yo, xxxxxxxxxxxxxxxx, con DNI xxxxxxxxxxxxxx, he solicitado esta mañana en su oficina número xxxx de Sevilla capital, al empleado D/Dª _______________________, la emisión de un certificado de saldo cero para mi préstamo hipotecario número xxxxxxxxxxxxxx. He solicitado que dicho certificado sea "según normativa", o sea, que incluya los datos registrales que exigen el Notario y el Registro, para el cumplimiento de una obligación legal derivada del artículo 82 de la Ley Hipotecaria. También solicito la presencia del apoderado designado por BBVA cuando lo solicite el Notario, para la firma de la escritura de cancelación de la hipoteca.
 
Ante mi sorpresa se me informa que el coste de lo que pido son 90 euros. Mi respuesta es que ha de ser de 0 euros por los motivos que expongo a continuación:
 
  1. En su libro de tarifas presentados ante el Banco de España y situado en su web (epígrafe 62 -gastos de gestión e información- y epígrafe 18 -servicios prestados diversos-) se detalla: "no se percibirá (comisión por expedir certificado) en aquellos casos en que se realice en cumplimiento de algún precepto normativo, ni cuando se expidan certificados de saldo cero".
 
  1. En la memoria del Servicio de Reclamaciones del Banco de España del 2010 (pág. 89 y 90) se explica claramente que la expedición del certificado preciso para el cumplimiento de una obligación legal derivada del artículo 82 de la Ley Hipotecaria, no debe generar un cobro por la entidad.
 
  1. En dicha memoria también se explica que la actividad de la firma del apoderado ante el notario: "no es otra cosa que el consentimiento otorgado por el acreedor hipotecario (exigido por el artículo 82 de la Ley Hipotecaria) para la cancelación de una inscripción hecha a su favor en virtud de escritura pública".
 
Por todo lo anteriormente expuesto, SOLICITO la entrega del certificado solicitado, conforme a la normativa, y la presencia del apoderado designado por la entidad cuando el Notario lo solicite para la firma de la escritura de la cancelación de la hipoteca.
 
 
 
 
Fdo.
xxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxxx
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  • ahrena | el 18 ene.. 2013 ¿Has conseguido algo?
  • Rafa | el 05 mar.. 2013 He utilizado tu carta y me han llamado de la cental de BBVA y me dice que no tiene coste si todos los tramites los hago yo por mi cuenta y que va a hablar con la directora de mi sucursal.... gracias.
  • RAFA | el 09 mar.. 2013 NO LO DUDEIS RECLAMAD A LA CENTRAL DE BBVA ES EFECTIVO LE HAN TIRADO DE LAS OREJAS A LA DIRECTORA DE MI BANCO........
  • Anónimo | el 27 ene.. 2014
  • Chus | el 27 ene.. 2014 Solicité a la Caixa un certificado de deuda cero y me lo hicieron en el momento. Hoy he puesto la cuenta al día y he visto que que han cobrado 42,35€, que ya me dijeron. El certificado SOLO tiene puesto el edificio pero NO el piso y la letra, tampoco aparece el distrito solo la ciudad. Acabo de llamar a la apoderada que firmó para que me aclare él tema del coste y me envíe una FACTURA reglamentaria de lo cobrado. Estoy a la espera de que me devuelva la llamada, sino con tu permiso haré uso de tu carta y presentaré una reclamación. Muchas gracias.
  • el 08 abr.. 2013
Buenos días, yo acabo de utilizar el escrito también, en mi caso la hipoteca es en Bankia, ya comentaré lo que me responden.....si lo hacen!!!
gracias
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    • el 10 abr.. 2013
    Yo termine la hipoteca el dia 1 de enero y solicite el certificado de deuda cero desde el 30 de enero y lo unico que hacen es darme largas, me llamaron por el certificado y todavia no estaba, esto fue en febrero y volvieron a pedir otro certificado, donde el director del banco decia que tenia que pagar 109 Euros a pesar de entregarle una copia de la memoria de reclamaciones del banco de España y me entrega las hojas de tarifas del BBVA y me indica el punto 10 y la cual tiene una reseña que dice (ver nota 5), la cual indica "excepto certificado de deuda cero".
      Vuelvo el dìa 14 de marzo para hacer una reclamacion ante el banco y piden otro certificado, según ellos no valido para realizar la cancelación registral e incorporarlo a lreclamación.
     Hoy dia 09 de Abril acudo para ver si ha llegado y seguimos igual, me estan tomando el pelo y con la persona de la oficina con la que estoy hablando y le explico como va el tema, decide hablar directamente con el departamento Juridico del banco, cual es su sorpresa cuando sus propios asesores le dicen que me tienen que procurar un certificado de deuda cero valido para el cierre registral de la hipoteca gratuitamente, se dispone a volver a hacerme otro certificado valido y gratis y en su gestoria le dicen que hay que enviarlo al notario que yo quiera y que me tienen que cobrar.
      Al final acorde de buscar el notario para que lo envien y como la asesoria juridica dijo que no me lo pueden cobrar no me lo cobraran.
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    • Cristina | el 15 jul.. 2013 Hola...me puedes confirmar. .en cuantos días mas o menos recibió el notario que les facilitaste el certificado.  Por cierto. .yo he tenido que pagar ppr adelantado 108,90 €. .no me puedo creer que se pueda engañar a las personas honradas tan libremente.  Un saludo
    • Catalina | el 16 ago.. 2013 Mi experiencia ha sido con Barclays: mi oficina habitual bloqueó (ignorándola y dejándola archivada) la solicitud vía fax que les llegó desde su eficaz banca telefónica. Dos semanas después fui en persona a solicitarlo, y me salieron con "12 euros por cualquier certificado que lleve firmas", y "90 euros para que además cancelen la hipoteca, que solo lo pueden hacer desde el banco, y el desplazamiento de los apoderados tiene un coste". Yo tenía en mente el coste cero que había leído en la tarifa y allí mismo pedí el libro de tarifas, que leí en alto. Lejos de propiciar una resolución rápida y más lejos aún de avergonzarse por su mentira flagrante, el amable empleado se volvió ladino y me dio sin pedirla una hoja de reclamaciones para que me lo resolvieran en atención al cliente, y se dio la vuelta. Menos mal que otra empleada presente se apiadó de mí ("¿y si se lo damos y cerramos este tema ya?"). Por alguna razón, me evitó la desagradable tarea de visitarles varias veces por el mismo motivo. Por supuesto no pagué nada, en a cara me debieron ver la nula intención de hacerlo. No figuran los datos de la finca, pero el notario ha dicho que es suficiente porque también solicitan una nota simple
    • cestecha | el 12 abr.. 2014 Hola SCREW, Ayer mismo fui a mi oficina del BBVA, también me pidieron los 109 €.. voy a tratar que no me los cobren. Los documentos que indicas, se consiguen facilmente ?, Te agradecería fueras informando como va tu proceso. Me pongo en marcha y desenfundo el espada para luchar.. Primero pregurtnarté al notario que me va a pedir para realizar el registro, despuiés volveré al banco (con la espada y el hacha preparada). NO SOPORTO A LOS BANCOS (y que les estemos financiando entre todos...)
    • Catalina | el 25 abr.. 2014 Continuación en Barclays: desde la notaría donde encargué la firma avisaron a Barclays, que de nuevo ignoró la llamada varias semanas y, finalmente, indicó que debía pasar yo por la oficina ya que algo le impedía ir a firmar. Se negaron a enviar apoderados para firmar. Me estoy planteando dejar pasar los 20 años que me evitarán el trámite de cancelación registral, ya que no tengo previsto vender el piso. Puestos a ahorrarme la "comisión" bancaria, me ahorro también notaría y registro. Y esta desagradable lucha: me reservo para otras que vendrán.
    • el 11 jul.. 2014
    Conozco el caso de un amigo al que le dijeron lo mismo y después de solicitar la respuesta por correo electrónico e insistir alguna vez, acabaron por no cobrarla nada.
    Menuda casta están hechos, como diria algun politico actual
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      • el 16 sept.. 2014
      Y tanto que es así, tal cual, los del BBVA además te dicen que ellos disponen de Gestoría y de Notaría y que se seria una buena idea hacerlo con ellos, para no demorarlo hasta tu vejez, eso si, debes mantener tu cuenta en esa entidad y sobre todo dotarla de pasta, que ¿de cuanta pasta? ellos te dicen ingresa 500 o 600 € y ya veremos si sobra algo o tienes que poner más, así están las cosas.
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        • el 13 oct.. 2014
        A mi me pidieron en mi entidad 120,00 € por el certificado de deuda cero. Simplemente mande un correo a atención al cliente. Es el siguiente:

        "XXXXXXX, 12 de diciembre de 2013   El pasado día 10 de diciembre de los corrientes he solicitado en su oficina de XXXXXXX la emisión de un certificado de deuda cero para efectuar la cancelación de mi préstamo hipotecario, trámite que he decidido hacer por mi cuenta.   Tras mi solicitud se me informa que el coste de dicho certificado es de 120 euros.    En función de las directrices marcadas por el Banco de España en:   Guia_hipotecaria_2013 (pág. 46)   10.4 La cancelación registral de la hipoteca   Una vez extinguida la deuda con la entidad, bien por haber llegado el préstamo a su final, bien por haberse amortizado anticipadamente, resulta conveniente que se lleve a cabo la cancelación de la inscripción de la escritura del préstamo en el Registro de la Propiedad. Hay que recordar que los clientes pueden llevar a cabo por sí mismos los trámites necesarios para la cancelación registral de su hipoteca, una vez obtenida la certificación de haberse pagado la deuda. También pueden encargar dicho trámite a la entidad con la que tenían el préstamo, pero en este caso la entidad le cobrará las comisiones y gastos correspondientes a dicha tramitación. Por tanto, las entidades financieras únicamente prestan este servicio si lo solicita su cliente (entendiendo por tal, en las cancelaciones de préstamos hipotecarios, bien el titular del préstamo, bien la persona que está interesada en esta cancelación notarial).  Ahora bien, si el cliente lleva a cabo por sí mismo la cancelación registral (o la encarga a un tercero), no deberá pagar a la entidad por la entrega al cliente de la docu-mentación justificativa de la extinción de la obligación contractual frente a la entidad (el mero otorgamiento de la carta notarial de pago o la emisión de un certificado de deuda cero) ni por el simple desplazamiento del apoderado de la entidad a la notaría que a esos efectos indique el cliente, ya que, en estos supuestos, la actividad desarrollada no es otra cosa que el consentimiento otorgado por el acreedor hipotecario (exigido por el artículo 82 de la Ley Hipotecaria) para la cancelación de una inscripción hecha a su favor en virtud de escritura pública.   Memoria del Servicio de Reclamaciones del Banco de España (pág.351)   6.2.4  COMISIÓN POR CANCELACIÓN REGISTRAL DE HIPOTECA   El artículo 82, del texto refundido de la Ley Hipotecaria, aprobado por Decreto de 8 de febrero 1946, establece que «Las inscripciones o anotaciones preventivas hechas en vir-tud de escritura pública, no se cancelarán sino por sentencia contra la cual no se halle pendiente recurso de casación, o por otra escritura o documento auténtico, en el cual preste su consentimiento para la cancelación la persona a cuyo favor se hubiere hecho la inscripción o anotación, o sus causa-habientes o representantes legítimos». Consecuentemente, el Servicio de Reclamaciones del Banco de España considera que, sobre la base de dicha norma y acorde con los criterios de buenas prácticas bancarias, las entidades no están legitimadas para el cobro de importe alguno por la simple emisión de certificado de cancelación económica de la deuda ni, alternativamente, por su comparecen-cia en notaría, si la declaración de cancelación de aquella se incorpora en escritura pública.    Derivado de la posibilidad de que los clientes lleven a cabo por sí mismos los trámites necesarios para la cancelación registral de su hipoteca, obtenida certificación de haberse pagado la deuda, las entidades financieras únicamente prestarán este servicio si lo solici-ta su cliente (entendiendo por tal, en las cancelaciones de préstamos hipotecarios, bien el titular del préstamo, bien la persona que está interesada en esta cancelación notarial), resultando imprescindible, para que el cobro de la comisión que lo retribuye pueda consi-derarse procedente, que el cliente preste su consentimiento previo no solo a que la enti-dad realice este servicio, sino también a que se le adeuden las comisiones tarifadas e in-formadas por este concepto.   Ruego hagan las gestiones oportunas a fin de que se me haga entrega del certificado de deuda cero solicitado."

        A la semana siguiente tenía dicho certificado.  
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          • el 18 nov.. 2014
          Hola, buenas tardes.
          Mi caso es similar a los indicados anteriormente.
          Terminé de pagar el préstamo, y le pedí a mi ¨gestor personal¨ de BANKIA  (a la sucursal en la que tengo mi cuenta desde hace más de 30 años, y de la que me he considerado siempre ¨buen cliente¨, conocido y responsable), que emitieran un certificado de deuda cero para escriturar e inscribir la cancelación; y les pedí también una estimación del coste de los trámites, si los hacía BANKIA.

          Me encontré con la sorpresa de que pretendían cobrarme 100 euros por el certificado de deuda cero  (después rectificaron y me dijeron que ¨por ser para mí, me lo podían dejar en 9 euros + IVA....... :-)  vamos, para morirse de risa o echarse a llorar); y que si ellos gestionaban la escritura y yo el resto, me costaría todo 325 euros; si además de gestionar la escritura, se encargaban también de la liquidación fiscal y del registro de la propiedad, la broma se ponía en 675 euros.

          Les dije que ni una cosa, ni la otra, que yo me encargaría de designar el notario y de pagarle directamente, y que me encargaría también de la liquidación fiscal y del registro de la propiedad, pero que bajo ningún concepto aceptaría el cobro de un solo euro por la expedición del certificado de deuda cero.

          Mi ¨gestor personal¨ siguió reiterando que ¨no podían hacer nada¨ para evitar el cobro de la comisión bancaria, pero lo cierto es que, para mayor ridículo de BANKIA, recibí por correo, gratuitamente, el certificado de deuda cero expedido por BANKIA, sin que al parecer, se hubiera enterado siquiera el referido ¨gestor personal¨.

          Hablé con el notario, que firmará la escritura (elegí el mismo que hizo en su día el préstamo), y el coste de la escritura serán 70 euros.

          La liquidación fiscal de la cancelación, en la Comunidad de Madrid, tiene coste cero, y tengo entendido que la inscripción en el registro de la propiedad, serán 30 o 40 euros más.

          Es decir, los chorizos de BANKIA pretendían cobrar por un servicio que el propio Banco de España asegura que debe ser gratuito, y además, una cantidad verdaderamente desproporcionada, en relación con lo que supone el coste real.

          Da la impresión de que con esa comisión bancaria pretenden cubrir los gastos administrativos de la cancelación, los honorarios del apoderado, su desplazamiento, .....y ve tu a saber qué cosas más.....

          ...Patético....


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            • el 22 dic.. 2016
            Eso es incierto, puedes llevar a la notaria por tu cuenta una nota registral y el notario no necesita ese certificado, unicamente el banco tiene que enviar a los dos apoderados para que firmen que el prestamo ha sido pagado, por tanto el certificado NO TE SIRVE PARA NADA, es una pura estafa.
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            • José | el 27 oct.. 2020 El banco mandará a los apoderados cuando las ranas críen pelos y en el final de los tiempos, lo sé por qué lo he vivido en mis carnes.
            • el 20 ene.. 2017
            En el banco de España te puedes informar ,a mi me ha dicho una amiga que trabaja en una notaría que es ilegal que te quieran cobrar ,
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