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¿cómo negociar un alquiler social de mi casa que me van embargar?

Que tengo que hacer donde puedo ir para que el banco me ponga un alquiler social . cobroqute

1 Respuesta

  • Javier Martin
  • el 09 mar.. 2015
Buenos días,

La única posibilidad, para que tu deuda quede totalmente cancelada y que puedas acceder a un alquiler social, sería que pudieras entregar tu vivienda al banco en DACION EN PAGO.

La nueva ley de dación en pago ofrece mayores facilidades para que determinados deudores puedan acogerse a la dación en pago, que es el RD - Ley 6/2012 de 9 de marzo de 2012, de medidas urgentes para la protección de deudores hipotecarios sin recursos.

Entre estas medidas también se contempla que puedas solicitar al banco quedarte en la propia vivienda, pagando un ALQUILER SOCIAL, que es mucho mar reducido.

En el siguiente enlace con un artículo de CrediMarket, encontrarás más información que te puede interesar.

DACION EN PAGO DE LA HIPOTECA 2015.

Para que el banco esté obligado a aceptar la dación en pago que solicitas, tienes que cumplir con todos los requisitos. En caso contrario, se tratará de una negociación con el banco y si el banco no te la acepta, no podrás obligarle a hacerlo.

Condiciones para conseguir una dación en pago según la nueva ley:

  1. Que la hipoteca recaiga sobre un inmueble cuyo precio de compra-venta no exceda de unos determinados valores en función de la población de los municipios:
    • Municipios > 1 Millón habitantes: 200 mil € / 33 millones de pesetas
    • Entre 500 mil y 1 Millón hab.: 180 mil € / 30 millones de pesetas
    • Entre 100 mil y 500 mil hab.: 150 mil € / 25 millones de pesetas
    • Hasta 100 mil hab.: 120 mil € / 20 millones de pesetas
  2. Cumplir los criterios marcados para considerar a una persona dentro del umbral de exclusión y por tanto ser beneficiaria de esta opción. Estos son los 6 requisitos “que” más se exigen:
    • El préstamo hipotecario recaiga sobre la vivienda habitual.
    • Todos los miembros de la unidad familiar (hipotecado, cónyuge, e hijos residentes en la vivienda) carezcan de rentas del trabajo o por actividades económicas.
    • La cuota resultante sea superior al 60% de los ingresos netos de la unidad familiar.
    • El conjunto de miembros de la unidad familiar no tenga otros bienes o derechos patrimoniales suficientes con los que hacer frente a la deuda.
    • El préstamo hipotecario haya sido obtenido para la compra de la vivienda habitual, que esta sea la única de la que es propietario el deudor y que no estuvieran constituidas otras garantías reales en garantía, ni hubiera otros intervinientes que incumplan los requisitos 3 y 4.
    • En caso de existir cotitulares que no formen parte de la unidad familiar, estos deberán cumplir los requisitos 2, 3 y 4.

Yo te recomiendo que busques asesoramiento profesional, que te ayude a intentar llegar a algún acuerdo con el banco.

Ten en cuenta que además de los bufetes de abogados especializados en derecho hipotecario, existen organizaciones y entidades que velan por los derechos de los consumidores que disponen de asesoramiento legal, dónde también podrán ayudarte.

Un saludo y mucha suerte.
Javier
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