Le serví de aval a mi esposo para un préstamo bancario, tengo el 50% de la casa,
Tengo el 50% de la casa el otro está a nombre de mi mama, pueden embargar el mio. Estoy muy asustada. pues es lo unico que tenemos. agradezco su pronta respuesta.
1 Respuesta
Hola buenas tardes,
El aval es un contrato que se realiza precisamente con el fin de garantizar o asegurar el cumplimiento de una obligación económica a través del compromiso de un tercero, que es a quien se conoce como avalista.
A través de este contrato -que es de carácter público, es decir, que se firma ante notario- quien avala se declara dispuesto a hacer frente a los compromisos que adquiere el avalado en caso de que éste no lo haga. Es decir, se compromete de forma solidaria al pago del préstamo y tiene las mismas obligaciones que el titular del mismo.
Además, y al igual que el titular de un préstamo, si éste responde del cumplimiento de sus obligaciones con los bienes presentes y futuros, el avalista también lo hará. Según se contempla en el Artículo 1911 del Código Civil, el avalista que presta su consentimiento de garantía está cubriendo las responsabilidades del deudor con todos sus bienes, no sólo presentes, sino también los que pudiera tener en un futuro.
Te dejo enlaces con unos artículos publicados en CrediMarket, que te pueden interesar:
Ejecución de avales: ¿qué puede hacer el avalista?
Embargar bienes: una forma de cobrar las deudas
Como puedes ver, en caso de impago del préstamo por parte del titular, en este caso tu esposo, si que puede llegar a comprometer tus bienes, entre los que se incluye el 50% de la vivienda que tienes con tu madre.
Un saludo.
Javier
El aval es un contrato que se realiza precisamente con el fin de garantizar o asegurar el cumplimiento de una obligación económica a través del compromiso de un tercero, que es a quien se conoce como avalista.
A través de este contrato -que es de carácter público, es decir, que se firma ante notario- quien avala se declara dispuesto a hacer frente a los compromisos que adquiere el avalado en caso de que éste no lo haga. Es decir, se compromete de forma solidaria al pago del préstamo y tiene las mismas obligaciones que el titular del mismo.
Además, y al igual que el titular de un préstamo, si éste responde del cumplimiento de sus obligaciones con los bienes presentes y futuros, el avalista también lo hará. Según se contempla en el Artículo 1911 del Código Civil, el avalista que presta su consentimiento de garantía está cubriendo las responsabilidades del deudor con todos sus bienes, no sólo presentes, sino también los que pudiera tener en un futuro.
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Como puedes ver, en caso de impago del préstamo por parte del titular, en este caso tu esposo, si que puede llegar a comprometer tus bienes, entre los que se incluye el 50% de la vivienda que tienes con tu madre.
Un saludo.
Javier