¿me pueden embargar los muebles de la casa por deuda de un préstamo personal?
Tengo una deuda por un prestamo personal y m llamaron y m lo comunicaron por telefono.Siendo q ellos mismos me dijeron en una comunicacion telefonica hace varias semanas que m lo embargarian del sueldo y si me quedase sin trabajo quedaria pendiente el embargo asta el dia q consiguiese trabajo .El hecho es que efectivamente me quede sin trabajo ayer y hoy me llamaron y m dijeron por via telefonica que m embargarian los inmuebles el dia 16 y tambien el de las personas que tienen como referencia ya que al momento de solicitar el prestamo nos habian solicitado numeros telefonicos como referencia
1 Respuesta
En la situación que explicas, las entidades con las que tienes los préstamos, en caso de impago, podría llegar a embargar tus bienes para cubrir las deudas. Estos embargos también podrían hacerlos sobre tu nómina o subsidio de paro, pero por ley, no se puede embargar la totalidad de la nómina. Las cantidades que son susceptibles de embargo vienen reguladas por la Ley de Enjuiciamiento Civil y como norma general, los embargos de nómina o sobre los salarios no son íntegros.
Un embargo respeta los mínimos personales y familiares y se realiza por tramos de salario y se fijan en función del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que se considera la cantidad mínima necesaria para vivir. En la actualidad, el SMI es de 645,30 euros mensuales para este año 2014.
En los siguientes artículos de CrediMarket, encontrarás información que te será útil.
"Embargar bienes: una forma de cobrar las deudas".
"Qué se puede y qué no se puede embargar"
Un saludo.
Javier