Préstamo ico concedido a mi ahora ex-marido yo no firmé ¿soy responsable de deuda pendiente?
En el 2012, estando en trámites de divorcio, sólo separados, a mi ex-marido le concedió el BBVA un préstamo ICO de 125.000 euros. Ahora al preparar liquidación de gananciales, (divorciada oct-15) me entero de la firma realizada a nombre de una de sus empresas con su garantía personal. En ningún momento firmé dicho préstamo ni se me informó de la formalización del mismo. Ahora está en Mora (3 meses impagado).¿Puede el banco reclamarme la deuda al estar aún en régimen de gananciales?. ¿No estaba obligado el banco o el notario haberme informado de dicho préstamo? ¿Es legal la falta de mi firma?
1 Respuesta
Se trata de una cuestión que no es fácil y que, aun estando sometida a lo establecido de la ley, tiene matices y diferentes posibilidades en función del tipo de deuda.
Pero vayamos por partes:
Para empezar estamos hablando de un préstamo concedido a una sociedad con garantía personal de tu cónyuge. Desconocemos las participaciones de la sociedad, si tienes parte de la misma, y las facultades de firma de la misma. Habrá que ver si esa sociedad es de tu cónyuge, si también entra en la sociedad de gananciales…
Respecto de tus preguntas:
¿Puede el banco reclamarme la deuda al estar aún en régimen de gananciales?
En principio creo que ha de aplicarse la situación patrimonial a la firma del contrato, es decir, a la fecha del préstamo y no ahora, pues la acreedora podría interpretar insolvencia punible en los cambios realizados.
El Código Civil establece en el art. 1373 "Cada cónyuge responde con su patrimonio personal de las deudas propias y, si sus bienes privativos no fueran suficientes para hacerlas efectivas, el acreedor podrá pedir el embargo de bienes gananciales”.
¿No estaba obligado el banco o el notario haberme informado de dicho préstamo?
Habría que ver exactamente la situación y las características del préstamo, pero en principio no estoy seguro de que haya obligación
¿Es legal la falta de mi firma?
No es parte en el contrato, por lo que no sería necesaria su firma
No es un tema sencillo, por lo que le sugiero que busque atención o asesoramiento profesional.
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Un saludo
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