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¿puede ser que me paguen un sueldo a cambio que cuando fallezca se queden con mi casa?

Es si existe que te paguen un sueldo mientras vivas luego a cambio se quedan tu casa

2 Respuestas

  • el 14 jul.. 2016
Miralo en www.google.com
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    • Javier Martin
    • el 14 jul.. 2016
    Hola buenos días,

    En este caso y por lo que explicas en tu pregunta, el producto que más se ajustaría a tus necesidades, se trataría de una hipoteca inversa.


    Una hipoteca inversa es un producto dirigido a mayores de 65 años a los que, a cambio de tener su vivienda como garantía, el banco les paga una renta mensual.


    Una hipoteca inversa es un producto financiero diseñado para gente mayor de 65 años por el cual una entidad financiera paga una renta mensual, a cambio de tener la vivienda de esta persona como garantía.

      Para poder conseguir esta pensión hipotecaria, la persona debe tener una vivienda en propiedad y para conseguir los beneficios que otorga la Ley la vivienda debe ser el domicilio habitual.

      Una hipoteca inversa es un préstamo con garantía inmobiliaria en virtud del cual el propietario del inmueble pone como garantía de la operación su vivienda, con la finalidad de percibir una renta mensual durante un plazo de tiempo concreto (10 a 20 años) al interés que se haya pactado o de una sola vez.

      La cantidad a percibir en una hipoteca inversa vitalicia dependerá principalmente de:

     
    • El valor resultante de la tasación de la casa, piso, ...
    • La edad del solicitante, de manera que según avanza la edad del subscriptor aumentará la renta mensual que se percibirá por la operación, ya que la entidad preve que tendrá que abonar dinero durante más menos tiempo (el perfil ideal de la banca son los ancianos mayores de 75 años).
    • El sexo, las mujeres con una mayor esperanza de vida generalmente tienen una cuota menor.
    • El tipo de interés aplicado por la entidad bancaria.
    • El tipo de vivienda a hipotecar (vivienda habitual, 2ª vivienda, vivienda alquilada a un tercero, etc.).

      Una vez fallecido el titular, los herederos serán los encargados de liquidar la deuda con la entidad financiera, pudiendo escoger entre 3 opciones:

     
    • Vender la vivienda, pagar la deuda y quedarse con la diferencia.
    • Hacer una nueva hipoteca con un banco para pagar la deuda manteniendo la propiedad de la vivienda.
    • Liquidar la deuda con su propio dinero y quedarse con la vivienda libre de cargas.

    Un saludo.
    Javier
     
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