Tengo una deuda de 500 euros y mi nómina es de 350 me pueden quitar mi casa
Tengo un rekerimiento del juzgado de una deuda de 500 euros.y mi nómina de 350.me pueden kitar mi casa
1 Respuesta
Hola, buenas noches,
En la situación que explicas, la entidad con las que tienes la deuda, en caso de impago, podría llegar a embargar tus bienes. para cubrir la deuda.
Estos embargos también podrían hacerlos sobre tu nómina, ingresos o prestación por desempleo, aunque sea temporal, pero por ley, no se puede embargar la totalidad de la nómina. Las cantidades que son susceptibles de embargo vienen reguladas por la Ley de Enjuiciamiento Civil y como norma general, los embargos de nómina o sobre los salarios no son íntegros.
Un embargo respeta los mínimos personales y familiares y se realiza por tramos de salario y se fijan en función del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que se considera la cantidad mínima necesaria para vivir. En la actualidad, el SMI es de 648,60 euros mensuales para este año 2015.
En el siguiente artículo de CrediMarket "Embargar bienes: una forma de cobrar las deudas",encontrarás más información sobre las consecuencias que puede tener dejar de pagar unos préstamos personales o tarjetas a una entidad bancaria.
Lo que nunca podrán hacer por una deuda de 500 € es subastar tu casa. Como máximo, podrán hacer una anotación sobre la misma, por lo que no podrás vender tu piso sin liquidar con antelación esa deuda.
Un saludo.
Xavierm
En la situación que explicas, la entidad con las que tienes la deuda, en caso de impago, podría llegar a embargar tus bienes. para cubrir la deuda.
Estos embargos también podrían hacerlos sobre tu nómina, ingresos o prestación por desempleo, aunque sea temporal, pero por ley, no se puede embargar la totalidad de la nómina. Las cantidades que son susceptibles de embargo vienen reguladas por la Ley de Enjuiciamiento Civil y como norma general, los embargos de nómina o sobre los salarios no son íntegros.
Un embargo respeta los mínimos personales y familiares y se realiza por tramos de salario y se fijan en función del Salario Mínimo Interprofesional (SMI), que se considera la cantidad mínima necesaria para vivir. En la actualidad, el SMI es de 648,60 euros mensuales para este año 2015.
En el siguiente artículo de CrediMarket "Embargar bienes: una forma de cobrar las deudas",encontrarás más información sobre las consecuencias que puede tener dejar de pagar unos préstamos personales o tarjetas a una entidad bancaria.
Lo que nunca podrán hacer por una deuda de 500 € es subastar tu casa. Como máximo, podrán hacer una anotación sobre la misma, por lo que no podrás vender tu piso sin liquidar con antelación esa deuda.
Un saludo.
Xavierm